Ordenanza 5187/15
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5187
- Año:
- 2015
- Fecha:
- 04/06/2015
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 5187/15 autoriza la contratación de un profesional para cumplir funciones en el área de Niñez y Adolescencia de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Ramallo. El contrato de locación de obra se establece por un plazo de seis meses, con una remuneración mensual de $3.500. El profesional deberá cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes y no tendrá derecho a preferencia para el ingreso a la Administración Municipal. La Municipalidad podrá rescindir el contrato sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.
Etiquetas
Ordenanza 5187/15Contrato de Locación de ObraNiñez y AdolescenciaSecretaría de Desarrollo HumanoProfesor Sebastián Alesio
Palabras clave
Sebastián AlesioWalter Ariel SantallaMunicipalidad de RamalloSecretaría de Desarrollo HumanoNiñez y AdolescenciaContrato de Locación de ObraDecreto-Ley 6769/58Ley Orgánica de las Municipalidades