Ordenanza 1625/98
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1625
- Año:
- 1998
- Fecha:
- 20/10/1998
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que otorga una bonificación no remunerativa a los empleados municipales, con el fin de paliar la difícil situación económica de los trabajadores. La bonificación se financiará con fondos provenientes de un aporte no reintegrable del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Se amplían las partidas presupuestarias correspondientes para cubrir los gastos.
Etiquetas
Ordenanza 1625/98Bonificación no remunerativaAporte no reintegrableHospital José María Gomendio
Palabras clave
Ramallo20 de octubre de 1998Aporte No ReintegrableSuperior Gobierno de la Provincia de Buenos AiresBonificación no remunerativaPersonal MunicipalAdministración CentralEnte Descentralizado Hospital José María Gomendio