Ordenanza 013/84
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 13
- Año:
- 1984
- Fecha:
- 11/01/1984
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la poda y tala de especies de adorno y forestales en el Partido de Ramallo fuera de la época apropiada, que es de mayo a julio de cada año. Los organismos oficiales o privados que necesiten realizar podas o talas deben coordinar con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Ramallo. Se aplicarán sanciones a los infractores según las leyes respectivas y la Ley Orgánica Municipal.
Etiquetas
Ordenanza 013/84poda y tala de especiesSecretaría de Obras y Servicios PúblicosLey Orgánica Municipal
Palabras clave
RamalloPartido de Ramallopodatalaespecies de adornoespecies forestalesMunicipalidadSecretaría de Obras y Servicios PúblicosLey Orgánica Municipalsanciones