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Ordenanza 013/84

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
13
Año:
1984
Fecha:
11/01/1984
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la poda y tala de especies de adorno y forestales en el Partido de Ramallo fuera de la época apropiada, que es de mayo a julio de cada año. Los organismos oficiales o privados que necesiten realizar podas o talas deben coordinar con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Ramallo. Se aplicarán sanciones a los infractores según las leyes respectivas y la Ley Orgánica Municipal.

Etiquetas

Ordenanza 013/84poda y tala de especiesSecretaría de Obras y Servicios PúblicosLey Orgánica Municipal

Palabras clave

RamalloPartido de Ramallopodatalaespecies de adornoespecies forestalesMunicipalidadSecretaría de Obras y Servicios PúblicosLey Orgánica Municipalsanciones
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