Ordenanza 5494/16
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5494
- Año:
- 2016
- Fecha:
- 15/12/2016
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
Se prohíbe la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público de pirotecnia y cohetería en el Partido de Ramallo, con excepciones para artificios pirotécnicos de señales, uso profesional y las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Se establecen sanciones para la violación de esta prohibición y se deroga la Ordenanza Nº 2039/02. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar campañas para informar y crear conciencia sobre los peligros del uso irresponsable de pirotecnia.
Etiquetas
Ordenanza 5494pirotecniacoheteríaprohibiciónsancionesDecreto Nacional 302/83Ordenanza 2039/02
Palabras clave
pirotecniacoheteríaRamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo Municipalsancionesmultasclausuradecomiso