Ordenanza 5201/15
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 5201
- Año:
- 2015
- Fecha:
- 18/06/2015
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5201, que crea la Defensoría del Pueblo en el Municipio de Ramallo. La Defensoría tendrá como objeto la defensa, protección y promoción de los derechos e intereses legítimos de los habitantes del Municipio de Ramallo. El Defensor del Pueblo será designado por el Honorable Concejo Deliberante y tendrá autonomía funcional y administrativa. La Ordenanza establece las condiciones para ser designado Defensor del Pueblo, las incompatibilidades y el procedimiento para su designación. También se establecen las funciones y atribuciones del Defensor del Pueblo, así como el procedimiento para la presentación de denuncias y reclamos.
Etiquetas
Defensoría del PuebloMunicipio de RamalloOrdenanza 5201Concejo DeliberanteDefensor del PuebloDerechos humanosProtección de los derechos
Palabras clave
Defensoría del PuebloMunicipio de RamalloOrdenanza 5201Concejo DeliberanteDefensor del PuebloDerechos humanosProtección de los derechosAutonomía funcionalIncompatibilidadesProcedimiento de designación