Ordenanza 6229/21
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 6229
- Año:
- 2021
- Fecha:
- 04/03/2021
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 6229/21, que autoriza al Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio a suscribir un Contrato de Locación de Obra con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires. El contrato establece las condiciones para la prestación de servicios anestesiológicos en el hospital, incluyendo el pago de honorarios y la responsabilidad civil de los profesionales. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de febrero de 2021 hasta el 30 de junio de 2021 y puede ser rescindido por cualquiera de las partes con una antelación de 30 días.
Etiquetas
Ordenanza 6229/21Contrato de Locación de ObraAsociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos AiresHospital Municipal José María GomendioServicios anestesiológicosPrestaciones médicas
Palabras clave
Hospital Municipal José María GomendioAsociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos AiresContrato de Locación de ObraServicios anestesiológicosPrestaciones médicasOrdenanza 6229/21Ley Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley 6769/58