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Ordenanza 1603/98

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1603
Año:
1998
Fecha:
18/08/1998
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 1603/98, que regula la instalación y explotación de máquinas de juegos en el municipio. Se autorizan las máquinas que requieren habilidad y destreza para jugar, mientras que se prohíben las que involucran juegos de azar o violencia. Los locales que albergan estas máquinas deben cumplir con requisitos específicos, como ubicación, horarios y medidas de seguridad. Se establecen sanciones para las infracciones y se fija un derecho de $30 mensual por cada máquina autorizada, con el 50% de los fondos obtenidos destinado al Fondo Municipal de Ayuda al Discapacitado.

Etiquetas

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Palabras clave

RamalloHonorable Concejo Deliberantemáquinas de juegosjuegos de habilidadjuegos de azarviolenciaseguridadhorariosDerecho de $30Fondo Municipal de Ayuda al Discapacitado
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