Ordenanza 6588/22
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 6588
- Año:
- 2022
- Fecha:
- 01/09/2022
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 6588/22, que autoriza al Director Ejecutivo del Hospital Municipal José María Gomendio a suscribir un contrato de locación de obra con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires. El contrato establece las condiciones para la prestación de servicios anestesiológicos en el hospital, incluyendo el pago de honorarios y la responsabilidad civil de los profesionales. El contrato tendrá vigencia retroactiva desde el 1 de agosto de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Etiquetas
Ordenanza 6588/22Contrato de Locación de ObraAsociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos AiresHospital Municipal José María GomendioServicios AnestesiológicosPrestaciones MédicasLey Orgánica de las Municipalidades
Palabras clave
RamalloProvincia de Buenos AiresHospital MunicipalAnestesiologíaContrato de Locación de ObraAsociación de AnestesiologíaLey Orgánica de las MunicipalidadesDecreto Ley 6769/58Guillermo VAN KEMENADEAndrés ZAMBRANA