Ordenanza 221/85
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 221
- Año:
- 1985
- Fecha:
- 31/07/1985
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo modifica el artículo 49° de la Ordenanza General N° 207 para establecer una licencia por maternidad de 45 días en el preparto y 90 días en el posparto con goce íntegro de haberes para el personal femenino, que comenzará a partir de los 7 meses y medio de embarazo, y regula los casos de nacimientos múltiples, prematuros, defunción fetal y fallecimiento del niño durante la licencia.
Etiquetas
Ordenanza 221/85Ley Provincial 10.240/84Licencia por MaternidadPersonal MunicipalOrdenanza General 207
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteLey ProvincialLicencia por MaternidadPersonal femeninoembarazocertificado médicogoce íntegro de haberesnacimientos múltiplesnacimientos prematurosdefunción fetalfallecimiento del niño