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Ordenanza 3560/09

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3560
Año:
2009
Fecha:
16/12/2008
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de subarrendamiento de un inmueble destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables, entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Arnaldo Julio Liguori. El contrato tendrá una duración de 12 meses, con un precio mensual de $3.500, y el predio será destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables. La Municipalidad de Ramallo se reserva el derecho de rescindir el contrato en cualquier momento con o sin causa justificada.

Etiquetas

Ordenanza 3560SubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Contrato de arrendamiento

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalSubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriWalter Ariel SantallaEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Impuesto InmobiliarioTasa por Red Vial
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