Ordenanza 3560/09
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3560
- Año:
- 2009
- Fecha:
- 16/12/2008
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de subarrendamiento de un inmueble destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables, entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Arnaldo Julio Liguori. El contrato tendrá una duración de 12 meses, con un precio mensual de $3.500, y el predio será destinado a la recepción de residuos sólidos urbanos y/o asimilables. La Municipalidad de Ramallo se reserva el derecho de rescindir el contrato en cualquier momento con o sin causa justificada.
Etiquetas
Ordenanza 3560SubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Contrato de arrendamiento
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalSubarrendamientoResiduos sólidos urbanosArnaldo Julio LiguoriWalter Ariel SantallaEstablecimiento Agropecuario Virtudes S.A.Impuesto InmobiliarioTasa por Red Vial