Ordenanza 1958/01
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 1958
- Año:
- 2001
- Fecha:
- 18/09/2001
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
La Ordenanza 1958/01 aprueba un convenio entre la Municipalidad de Ramallo y los adjudicatarios del PLAN SOLIDARIDAD II para compensar e indemnizar los gastos de reparación de viviendas por deficiencias en la construcción. El convenio establece el pago de $3.500,00 a los beneficiarios, que se utilizarán para cancelar cuotas atrasadas y futuras del precio de la vivienda. La Municipalidad y el Instituto de la Vivienda certificarán los trabajos de reparación y el beneficiario renuncia a cualquier acción contra la Municipalidad y el Instituto Provincial de la Vivienda.
Etiquetas
Ordenanza 1958/01PLAN SOLIDARIDAD IIconstrucción de viviendasdeficiencias constructivascompensación e indemnizaciónDecreto 068/98Expediente 2416-9876/93
Palabras clave
RamalloMunicipalidadInstituto de la ViviendaPLAN SOLIDARIDAD IIconveniocompensaciónindemnizacióndeficiencias constructivasviviendasadjudicatariosROBERTO SILVIO RAFAEL FILPO