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Ordenanza 1958/01

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
1958
Año:
2001
Fecha:
18/09/2001
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

La Ordenanza 1958/01 aprueba un convenio entre la Municipalidad de Ramallo y los adjudicatarios del PLAN SOLIDARIDAD II para compensar e indemnizar los gastos de reparación de viviendas por deficiencias en la construcción. El convenio establece el pago de $3.500,00 a los beneficiarios, que se utilizarán para cancelar cuotas atrasadas y futuras del precio de la vivienda. La Municipalidad y el Instituto de la Vivienda certificarán los trabajos de reparación y el beneficiario renuncia a cualquier acción contra la Municipalidad y el Instituto Provincial de la Vivienda.

Etiquetas

Ordenanza 1958/01PLAN SOLIDARIDAD IIconstrucción de viviendasdeficiencias constructivascompensación e indemnizaciónDecreto 068/98Expediente 2416-9876/93

Palabras clave

RamalloMunicipalidadInstituto de la ViviendaPLAN SOLIDARIDAD IIconveniocompensaciónindemnizacióndeficiencias constructivasviviendasadjudicatariosROBERTO SILVIO RAFAEL FILPO
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