Ordenanza 003/83
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3
- Año:
- 1983
- Fecha:
- 27/12/1983
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la circulación y venta de rifas de extraña jurisdicción en el partido, con excepciones para aquellas rifas que sean avaladas por una institución local que asuma la responsabilidad por los pagos de premios y seriedad. La medida apunta a proteger a las entidades locales que realicen rifas debidamente aprobadas por la Municipalidad de Ramallo.
Etiquetas
Ordenanza 003/83Rifas de extraña jurisdicciónProhibición de rifasInstituciones localesResponsabilidad por pagos de premios
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteRifasExtraña jurisdicciónInstituciones localesResponsabilidadPagos de premiosLey N° 9403