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Ordenanza 003/83

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
3
Año:
1983
Fecha:
27/12/1983
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que prohíbe la circulación y venta de rifas de extraña jurisdicción en el partido, con excepciones para aquellas rifas que sean avaladas por una institución local que asuma la responsabilidad por los pagos de premios y seriedad. La medida apunta a proteger a las entidades locales que realicen rifas debidamente aprobadas por la Municipalidad de Ramallo.

Etiquetas

Ordenanza 003/83Rifas de extraña jurisdicciónProhibición de rifasInstituciones localesResponsabilidad por pagos de premios

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo DeliberanteRifasExtraña jurisdicciónInstituciones localesResponsabilidadPagos de premiosLey N° 9403
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