Ordenanza 512/87
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 512
- Año:
- 1987
- Fecha:
- 22/12/1987
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que determina el carácter de bonificación extraordinaria no remunerativa para el pago de una cuota a los empleados municipales, excepto destajistas y contratados, y dispone su pago en diciembre de 1987. La ordenanza también establece que el importe no será objeto de aportes y contribuciones previstos por las leyes previsionales y asistenciales vigentes, ni de retenciones por cuotas sindicales ordinarias. Se amplían partidas en el presupuesto de gastos vigente para cubrir el pago de la bonificación.
Etiquetas
Ordenanza 512/87Bonificación Extraordinaria No RemunerativaPersonal MunicipalDecreto 1981Ley 10.471Carrera Profesional Hospitalaria
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo Deliberantebonificaciónpersonal municipalDecreto 1981Ley 10.471Carrera Profesional Hospitalariaaustalessueldo anual complementario