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Ordenanza 512/87

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
512
Año:
1987
Fecha:
22/12/1987
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que determina el carácter de bonificación extraordinaria no remunerativa para el pago de una cuota a los empleados municipales, excepto destajistas y contratados, y dispone su pago en diciembre de 1987. La ordenanza también establece que el importe no será objeto de aportes y contribuciones previstos por las leyes previsionales y asistenciales vigentes, ni de retenciones por cuotas sindicales ordinarias. Se amplían partidas en el presupuesto de gastos vigente para cubrir el pago de la bonificación.

Etiquetas

Ordenanza 512/87Bonificación Extraordinaria No RemunerativaPersonal MunicipalDecreto 1981Ley 10.471Carrera Profesional Hospitalaria

Palabras clave

RamalloHonorable Concejo Deliberantebonificaciónpersonal municipalDecreto 1981Ley 10.471Carrera Profesional Hospitalariaaustalessueldo anual complementario
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