Ordenanza 2006/02
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 2006
- Año:
- 2002
- Fecha:
- 07/05/2002
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
Se deroga el artículo 2 de la Ordenanza 1798/00, que regula la actividad turística en el Partido de Ramallo, para ajustarla a la realidad actual y brindar instrumentos al Departamento Ejecutivo Municipal para optimizar los recursos turísticos de la región.
Etiquetas
Ordenanza 2006Ordenanza 1798/00actividad turísticaDepartamento Ejecutivo MunicipalRecursos Turísticos
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteDepartamento Ejecutivo MunicipalRecursos TurísticosOrdenanza 1798/00Ordenanza 2006turismoPartido de Ramallo