Ordenanza 3513/08
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 3513
- Año:
- 2008
- Fecha:
- 21/10/2008
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 3513/08, que desafecta del Área Rural la Parcela 119 c de Villa Ramallo y la afecta al Área Urbana de la Ciudad de Villa Ramallo. El propietario/urbanizador se compromete a realizar un loteo programado por etapas, con la ejecución de servicios mínimos e indispensables, como agua corriente, cloacas, energía eléctrica y consolidación de futuras calles. Las obras de servicios públicos se realizarán por empresas habilitadas oficialmente y estarán fiscalizadas por los organismos de control municipales, provinciales y nacionales.
Etiquetas
Ordenanza 3513/08Loteo en área ruralÁrea Urbana de Villa RamalloServicios públicosDesarrollo urbanoLey Provincial Nº 8912Ordenanza Nº 491/81Ordenanza Nº 1438/97
Palabras clave
RamalloVilla RamalloHonorable Concejo DeliberanteÁrea RuralÁrea UrbanaLoteoServicios públicosDesarrollo urbanoLey Provincial Nº 8912Ordenanza Nº 491/81Ordenanza Nº 1438/97A.B.S.A.E.D.E.N.Municipalidad de Ramallo