← Volver al repositorio

Ordenanza 6179/20

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
6179
Año:
2020
Fecha:
17/12/2020
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 6179/20, que autoriza la apertura de iglesias y templos en el partido de Ramallo, con un máximo del 30% de su capacidad y un límite de 60 personas para lugares cerrados y 100 para espacios al aire libre. Se establecen protocolos de higiene y seguridad para evitar la propagación del COVID-19, como el uso de tapabocas, desinfección de superficies y distancia social de 2 metros. El horario de las iglesias y templos será de 08:00 a 22:00 horas, de lunes a domingo.

Etiquetas

Ordenanza 6179/20Decreto 956/2020Distanciamiento SocialIglesias y TemplosProtocolo de HigieneCOVID-19

Palabras clave

COVID-19iglesiastemplosprotocolohigieneseguridaddistanciamiento socialDecreto 956/2020Ordenanza 6179/20Ramallo
Ver documentoDescargar