Ordenanza 6179/20
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 6179
- Año:
- 2020
- Fecha:
- 17/12/2020
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 6179/20, que autoriza la apertura de iglesias y templos en el partido de Ramallo, con un máximo del 30% de su capacidad y un límite de 60 personas para lugares cerrados y 100 para espacios al aire libre. Se establecen protocolos de higiene y seguridad para evitar la propagación del COVID-19, como el uso de tapabocas, desinfección de superficies y distancia social de 2 metros. El horario de las iglesias y templos será de 08:00 a 22:00 horas, de lunes a domingo.
Etiquetas
Ordenanza 6179/20Decreto 956/2020Distanciamiento SocialIglesias y TemplosProtocolo de HigieneCOVID-19
Palabras clave
COVID-19iglesiastemplosprotocolohigieneseguridaddistanciamiento socialDecreto 956/2020Ordenanza 6179/20Ramallo