Ordenanza 034/84
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 34
- Año:
- 1984
- Fecha:
- 02/05/1984
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que regula la remuneración de los agentes que trabajan en horarios extraordinarios. Se deroga el Artículo 25º de la Ordenanza General 207 y se establece que los agentes serán retribuidos en forma proporcional a su remuneración habitual, con un incremento del 50% por trabajar en horarios extras, y del 100% por trabajar los sábados a partir de las 13 hs., domingos, feriados nacionales y en horario nocturno. Los beneficios rigen a partir del 1° de abril de 1984.
Etiquetas
Ordenanza 034/84Remuneración horarios extrasOrdenanza General 207Horarios nocturnosFeriados nacionalesDomingosSábados
Palabras clave
RamalloHonorable Concejo DeliberanteOrdenanza General 207Artículo 25ºRemuneraciónHorarios extrasIncrementoSábadosDomingosFeriados nacionalesHorario nocturno