Ordenanza 289/86
- Organismo:
- HCD
- Categoría:
- Ordenanzas
- Número:
- 289
- Año:
- 1986
- Fecha:
- 28/05/1986
- Publicación:
- Publicado
- Vigencia:
- Vigente
Resumen
El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la ordenanza para autorizar la ejecución de la obra de alcantarilla y canal de desagüe en la intersección de las calles Leloir y Rafael Obligado, según el plano A1-5/86 y el pliego de condiciones preparado. La obra se considera complementaria de la ejecución de dos canales de desagües aprobada por Ordenanza N° 282/86 y cuenta con la declaración de Utilidad Pública. Se autoriza al Departamento Ejecutivo a utilizar el sistema de prorrateo por influencia indirecta y se amplía el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos vigente para la partida de desagües pluviales en Ramallo y Villa Ramallo.
Etiquetas
Ordenanza 289/86Desagües PluvialesAlcantarilla y Canal de DesagüePliego de CondicionesConcurso de PreciosProrrateo por Influencia IndirectaOrdenanza N° 225/85Ordenanza N° 282/86
Palabras clave
RamalloLeloirRafael ObligadoSan MartínGuerricoVelázquezPlano A1-5/86Pliego de CondicionesConcurso de PreciosProrrateoInfluencia IndirectaUtilidad PúblicaDepartamento EjecutivoHonorable Concejo Deliberante