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Ordenanza 593/88

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
593
Año:
1988
Fecha:
19/10/1988
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 593/88, que autoriza el arrendamiento de una fracción de terreno aluvional de 100 hectáreas al señor Alcides Jose Chiappari, ubicada en la Circunscripción IV, frente al Río Paraná, de las parcelas 2b y 3b de los Planos 87-71-81 y 87-66-81, respectivamente. El arrendamiento se hará conforme a las cláusulas establecidas en el contrato anexo. La ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo Municipal para ceder el terreno en arrendamiento y se comunica al mismo para sus efectos.

Etiquetas

Ordenanza 593/88Arrendamiento de terreno aluvionalLey 9.533Ley 13.246Arrendamientos RuralesAlcides Jose Chiappari

Palabras clave

RamalloMunicipalidadConcejo DeliberanteDepartamento EjecutivoLey Orgánica de las MunicipalidadesArt. 55ºCONTRATO ACCIDENTALCIRC. IVRío ParanáPlano 87-71-81Plano 87-66-81
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