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Ordenanza 163/85

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
163
Año:
1985
Fecha:
18/01/1985
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza para desafectar un terreno municipal en la Localidad de Pérez Millán, originalmente destinado como plazoleta del hospital, y lo destina para la construcción de diez unidades habitacionales en el marco del Plan Viviendas en Centros Rurales. La ordenanza también reserva una superficie de 6.800 metros cuadrados para otros fines. El terreno en cuestión tiene una superficie total de 10.000 metros cuadrados y se encuentra en la manzana 19, sección A, circunscripción IX.

Etiquetas

Ordenanza 163/85Plazoleta del HospitalPérez MillánViviendas RuralesPlan Viviendas en Centros RuralesMinisterio de Obras Públicas

Palabras clave

RamalloPérez MillánHospitalViviendas RuralesPlan Viviendas en Centros RuralesMinisterio de Obras PúblicasProvincia de Buenos AiresConcejo DeliberanteOrdenanza 329/86Ordenanza 457/87
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