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Ordenanza 589/88

Organismo:
HCD
Categoría:
Ordenanzas
Número:
589
Año:
1988
Fecha:
05/10/1988
Publicación:
Publicado
Vigencia:
Vigente

Resumen

El Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 589/88, que autoriza a la Empresa de Colectivos Ramallo SRL a aplicar nuevas tarifas para el servicio de transporte local de pasajeros entre Ramallo y Villa Ramallo. El aumento es de un 10% sobre las tarifas generales establecidas por la Ordenanza 565/88. La empresa debe entregar boletos a los pasajeros, mantener pólizas de seguro y colocar el cuadro tarifario en los vehículos.

Etiquetas

Ordenanza 589/88Empresa de Colectivos Ramallo SRLtarifas de transporteaumento de tarifasOrdenanza 565/88Ministerio de Obras y Servicios Públicos

Palabras clave

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