Mapa Documental

Toda la documentación publicada, ordenada por organismo, tipo y número. Filtrá por período y descargá el listado en PDF.

Tipo y númeroResumenDocumento
Ordenanza 5264/15HCDLa Ordenanza 5264/15 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de inspección, fiscalización, instrucción y asesoramiento en la Guardia Urbana, Monitoreo y Alarmas. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual nominal de $16.000 para los primeros seis meses y $17.600 para los siguientes seis meses. El contrato puede ser rescindido por la Municipalidad sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.Descargar
Ordenanza 5265/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5265, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad en tareas de observación, prevención visual, telefónica, llamadas de emergencias y atención al Sistema de Video Vigilancia. El contrato de locación de obra se establece entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Gonzalo Nicolás Cicchetti, con un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. El contrato establece las condiciones de trabajo, la remuneración y las obligaciones de las partes.Descargar
Ordenanza 5266/15HCDLa Ordenanza 5266/15 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de observación, prevención visual, telefónica y atención al Sistema de Video Vigilancia. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual de $13.000 para los primeros seis meses y $14.300 para los siguientes seis meses. La relación laboral se limita estrictamente a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5267/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5267/15, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad en tareas de observación, prevención visual, telefónica y atención al Sistema de Video Vigilancia. El contrato se establece con la Sra. Jesica Maricel Rodríguez por un período de un año, con una remuneración mensual nominal de $13.000 durante los primeros seis meses y $14.300 durante los últimos seis meses. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5268/15HCDLa Ordenanza 5268/15 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de observación, prevención visual, telefónica, llamadas de emergencias y atención al Sistema de Video Vigilancia en la Central de Monitoreo y Alarmas. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual nominal de $13.000 para los primeros seis meses y $14.300 para los siguientes seis meses. La relación laboral se limita estrictamente a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5269/15HCDLa Ordenanza 5269 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de observación, prevención visual, telefónica, llamadas de emergencias y atención al Sistema de Video Vigilancia. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual nominal de $13.000 para los primeros seis meses y $14.300 para los siguientes seis meses. El contrato puede ser rescindido por la Municipalidad sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.Descargar
Ordenanza 5270/15HCDLa Ordenanza 5270 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de observación, prevención visual, telefónica, llamadas de emergencias y atención al Sistema de Video Vigilancia. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual nominal de $13.000 para los primeros seis meses y $14.300 para los siguientes seis meses. El contrato puede ser rescindido por la Municipalidad sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.Descargar
Ordenanza 5271/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5271/15, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad en tareas de inspección, fiscalización, instrucción y asesoramiento. El contrato de locación de obra se establece entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Matías Alejandro Morzoli, con un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. El Sr. Morzoli cumplirá funciones en la Secretaría de Seguridad y en tareas de observación, prevención visual, telefónica, llamadas de emergencias y atención al sistema de video vigilancia en la Central de Monitoreo y alarmas.Descargar
Ordenanza 5272/15HCDLa Ordenanza 5272 autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de inspección, fiscalización, instrucción y asesoramiento en la Guardia Urbana, Monitoreo y Alarmas. El contrato de locación de obra se establece entre la Municipalidad y el Sr. Carlos Alberto Guevara, con un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, y una remuneración mensual nominal de $13.000 durante los primeros seis meses y $14.300 durante los últimos seis meses. El contrato establece las condiciones y obligaciones para ambas partes, incluyendo la confidencialidad y el cumplimiento de las prescripciones éticas y legales.Descargar
Ordenanza 5273/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5273/15, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad en tareas de inspección, fiscalización, instrucción y asesoramiento. El contrato de locación de obra se establece entre la Municipalidad de Ramallo y la Sra. Romina Samanta Agostino, con un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. La remuneración mensual nominal será de $13.000 durante los primeros seis meses y $14.300 durante los últimos seis meses.Descargar
Ordenanza 5274/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5274/15, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad en tareas de inspección, fiscalización, instrucción y asesoramiento. El contrato de locación de obra se establece entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Jorge Alberto Nievas, con un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. El contrato establece las condiciones de trabajo, la remuneración y las obligaciones de las partes.Descargar
Ordenanza 5275/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5275/15, que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Contrato de Locación de Obra con el Sr. Julio César Latof para cumplir funciones de arriero y proporcionar un terreno acondicionado para corral donde serán alojados los equinos secuestrados en la vía pública. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016 y establece un canon mensual de $8.500,00. El arriero se compromete a cumplir con las obligaciones tributarias correspondientes y no tendrá derecho a preferencia para el ingreso a la administración municipal.Descargar
Ordenanza 5276/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5276/15, que refrenda el Convenio Marco celebrado entre la Municipalidad de Ramallo y la Universidad Tecnológica Nacional, con el objetivo de brindar asistencia científica y técnica integral para el desarrollo de actividades y consolidar la relación mutua, beneficiando a la comunidad. El convenio se incorpora como Anexo I al cuerpo legal de la ordenanza.Descargar
Ordenanza 5277/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5277/15, que autoriza la contratación de una psicóloga, Griselda María Passarella, para cumplir funciones en la Secretaría de Desarrollo Humano y tareas inherentes a su profesión. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración será de $7.150,00 por mes. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5278/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5278/15, que autoriza la contratación de una trabajadora social, Paula Yanina Baquero, para cumplir funciones en la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración será de $7.150,00 mensuales. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5279/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5279/15, que autoriza la contratación de una psicóloga, Mariana Pacchioni, para trabajar en la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración será de $8.690,00 mensuales. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5280/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5280, que autoriza la contratación de la Sra. Fernanda Claudia De Zavaleta como profesional en la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración será de $10.270,00 por mes. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5281/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5281/15, que autoriza la contratación de la Sra. Guillermina René García como profesional en la Secretaría de Desarrollo Humano. La contratación se realizará mediante un Contrato de Locación de Obra, con una duración de seis meses y una remuneración mensual de $8.928,00. La profesional cumplirá funciones en la Secretaría de Desarrollo Humano y en tareas inherentes a su profesión, con un horario rotativo de 25 horas semanales.Descargar
Ordenanza 5282/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5282, que autoriza la contratación de la Sra. Elena Di Rienzo como Abogada en la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y establece una remuneración mensual de $8.690. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5283/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5283/15, que autoriza la contratación de la Sra. María Isabel Puchet como profesional en la Secretaría de Desarrollo Humano. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y establece una remuneración mensual de $8.930,00. La relación laboral se regirá por las normas y reglamentaciones vigentes, y la Municipalidad podrá rescindir el contrato sin previo aviso en caso de que razones de servicio así lo aconsejen.Descargar
Ordenanza 5284/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5284/15, que autoriza la contratación de la Sra. Elsa Teresa Leguizamo como Trabajadora Social en la Secretaría de Desarrollo Humano, con un contrato de locación de obra que rige desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, con una remuneración mensual de $10.074,00. El contrato establece las condiciones y obligaciones de la contratación, incluyendo la prestación de servicios, la remuneración, y las normas y regulaciones aplicables.Descargar
Ordenanza 5285/15HCDLa Ordenanza 5285 autoriza la contratación de una psicóloga, Albertina Simonini, para trabajar en la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Ramallo. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración mensual será de $7.150. La relación laboral se regirá por el contrato de locación de obra y no dará derecho a preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5286/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5286/15, que autoriza la contratación del Grupo Agotegaray S.R.L. para brindar servicios kinesiológicos en el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de 6 meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y establece un precio mensual de $20.116,80 para la atención de pacientes. El Grupo Agotegaray S.R.L. se encargará de proveer los profesionales, equipos y materiales necesarios para la realización de las prestaciones.Descargar
Ordenanza 5287/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5287/15, autorizando la contratación de un oncólogo para el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato de locación de obra se celebra con el Dr. Daniel Vicente por un período de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, con una remuneración mensual de $7.334,25. El contrato establece las condiciones y cláusulas para la prestación de servicios, incluyendo la relación laboral, la remuneración, y las obligaciones de las partes.Descargar
Ordenanza 5288/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Director Ejecutivo Interino del Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio a contratar a una Técnica Radióloga para prestar servicios en la Unidad Sanitaria de la Localidad de Pérez Millán. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y la remuneración será de $21.793,20 mensuales. La profesional deberá cumplir con las prácticas radiológicas diarias y no podrá realizar más de 120 prácticas mensuales. El contrato podrá ser rescindido sin previo aviso por razones de servicio.Descargar
Ordenanza 5289/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5289/15, que autoriza la contratación de una profesional para cumplir funciones en el Hogar de Ancianos de la ciudad. La contratación se realiza mediante un Contrato de Locación de Obra con la Sra. Karina Pagnanini, quien realizará tareas afines a su profesión. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016. La remuneración mensual será de $4.445,00, sujeta a aportes y deducciones de ley.Descargar
Ordenanza 5290/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la ordenanza 5290/15, que autoriza al Director Ejecutivo Interino del Hospital Municipal José María Gomendio a contratar a un profesional para cumplir funciones en el Servicio Anatomía Patológica. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y el profesional percibirá una remuneración mensual de $7.334,25. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5291/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5291/15, que autoriza la contratación de un profesional como anestesista en el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato de locación de obra se celebra entre el hospital y el Dr. Nicolás E. Savoy, y establece las condiciones y prestaciones del servicio de anestesia, analgesia y reanimación. El contrato rige desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2016, y el anestesista percibirá una remuneración por sus servicios. Se establecen también las normas y reglamentaciones aplicables al contrato.Descargar
Ordenanza 5292/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5292/15, que autoriza la contratación de personal para la Secretaría de Seguridad, específicamente para el Sr. Cristian Miguel Tellez, quien cumplirá funciones administrativas y de coordinación en materia de Defensa Civil y Seguridad Pública. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual de $13.000 durante los primeros seis meses y $14.300 durante los últimos seis meses. Se establecen cláusulas para la rescisión del contrato y se deja constancia de que el personal contratado no gozará de los servicios establecidos en las leyes laborales y previsionales.Descargar
Ordenanza 5293/15HCDLa Ordenanza 5293/15 autoriza la contratación de personal para cumplir funciones en la Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de Ramallo, específicamente para tareas de programación y soporte técnico en la Central de Monitoreo y Alarmas. El contrato de locación de obra se establece por un año, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, con una remuneración mensual nominal de $13.000 para los primeros seis meses y $14.300 para los siguientes seis meses. El contrato puede ser rescindido por la Municipalidad sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio.Descargar
Ordenanza 5294/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5294, que autoriza la contratación del Sr. Pablo Ariel Alcaraz para prestar servicios de vigilancia y seguridad en el predio de disposición final de residuos sólidos urbanos. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2016, y el Sr. Alcaraz percibirá una remuneración mensual de $13.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5295/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5295, que autoriza la contratación del Sr. Hugo César Delfanti para prestar servicios de vigilancia y seguridad en el predio de disposición final de residuos sólidos urbanos. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2016, y el Sr. Delfanti percibirá una remuneración mensual de $13.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5296/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5296/15, que autoriza la contratación del Sr. Oscar Enrique Amoedo para prestar servicios de vigilancia y seguridad en el predio de disposición final de residuos sólidos urbanos. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2016, y el Sr. Amoedo percibirá una remuneración mensual de $13.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5297/15HCDEl Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5297/15, que autoriza la contratación del Sr. Alberto Luis Romero para prestar el servicio de vigilancia y seguridad en el predio de disposición final de residuos sólidos urbanos. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2016, con una remuneración mensual de $13.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables.Descargar
Ordenanza 5298/15HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5298, que aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2016, tanto para la Administración Central como para el Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio. Se fijan los recursos y el presupuesto general de gastos para cada entidad, y se establecen los números de cargos para la planta permanente y personal mensualizado. Además, se faculta al Departamento Ejecutivo para compensar excesos presupuestarios y se autoriza la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios que excedan el ejercicio financiero vigente.Descargar
Ordenanza 5299/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza para regularizar la situación del predio donde el vecino Félix Horacio Bazán brinda su servicio de esparcimiento en el Complejo Viva el Río, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar las medidas necesarias. El objetivo es adecuar la situación preexistente al marco normativo y permitir el uso responsable y ordenado del territorio. La ordenanza se basa en la necesidad de generar un ámbito propicio para el desarrollo de habilidades laborales por parte de personas con problemas de salud, y en la entrega de espacios públicos a través de convenios de concesión y ocupación.Descargar
Ordenanza 5300/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración para la Implementación del Programa de Seguridad Ciudadana con la Secretaria Ejecutiva del Consejo de Seguridad Interior del Ministerio de Seguridad de la Nación, con el objetivo de mejorar la seguridad ciudadana en la República Argentina. El convenio establece la colaboración para el desarrollo de sistemas de seguridad, la formación de áreas de seguridad local y capacitaciones en municipios de todo el país.Descargar
Ordenanza 5301/16HCDse designa al Dr. Rubén Horacio Millán como Director Ejecutivo del Organismo Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio, convalidando el Decreto 002/16, y se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal para sus efectos, luego de la renuncia de la Dra. Noelia Cejas al cargo de Directora EjecutivaDescargar
Ordenanza 5302/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5302/16, que autoriza la contratación de un profesional para la ejecución de ampliación de redes cloacales y de agua en el Partido de Ramallo. El contrato se establece por un monto total de $49.500,00, con pagos mensuales de $16.500,00. El profesional contratado, Próspero Domingo Irigoitia, se obliga a prestar el servicio de mano de obra y a mantener indemne al Municipio por cualquier reclamo judicial o extrajudicial. La relación laboral se limita a lo pactado en el contrato y no da derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal.Descargar
Ordenanza 5303/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5303/16, que autoriza la contratación de un agrimensor para desarrollar tareas relacionadas con la confección de planos y legajos parcelarios. El contrato tendrá una duración de 12 meses y un monto total de $126.000,00, pagaderos en mensualidades de $10.500,00. El profesional contratado no gozará de los servicios establecidos en las leyes laborales y/o previsionales.Descargar
Ordenanza 5304/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5129/15, corrigiendo el Documento Nacional de Identidad del Sr. Esteban Enrique Caruccio y efectivizando el Convenio de Ocupación y Uso de una cabaña en el Complejo Viva el Rio para el funcionamiento de un comercio que sostiene al grupo familiar.Descargar
Ordenanza 5305/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza Nº 5305/16, autorizando la renovación del contrato de locación de inmueble entre la Municipalidad de Ramallo y el Sr. Rafael Víctor Nozzi, para un plazo de 24 meses, con un canon locativo de $506.199,60, y estableciendo las condiciones de uso y goce del inmueble, así como las obligaciones y responsabilidades de ambas partes.Descargar
Ordenanza 5306/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5306/16, que autoriza la contratación de un profesional para el cumplimiento de las ordenanzas de fumigaciones agrícolas. El contrato se establece con el Ingeniero Agrónomo Adolfo Antonio Caamaño por un monto total de $210.000,00, que se abonará en pagos mensuales de $17.500,00. El profesional deberá realizar tareas concernientes a la puesta en marcha de las ordenanzas, participar en reuniones del Comité de Evaluación y realizar un trabajo que identifique a los propietarios de predios lindantes en las cinco localidades del partido de Ramallo.Descargar
Ordenanza 5307/16HCDEl Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5307/16, que autoriza la suscripción de un Convenio Particular entre la Municipalidad de Ramallo y la Unión Personal Civil de la Nación - Delegación Provincia de Buenos Aires. El convenio tiene como objetivo establecer un Plan Estratégico de Cooperación Técnico Docente para promover el desarrollo integral de los ciudadanos del Partido de Ramallo, a través de la capacitación inicial, el perfeccionamiento y la especialización laboral. El convenio tendrá una vigencia de cuatro años y su renovación será automática por períodos iguales de tiempo.Descargar
Ordenanza 5308/16HCDLa Ordenanza 5308/16 regula la actividad de las Asociaciones Vecinales en el Partido de Ramallo, estableciendo su reconocimiento como entidades de bien público y colaboradoras de la Municipalidad. Se definen sus objetivos, principios y funciones, así como los requisitos para su constitución y reconocimiento. También se establecen las categorías de Asociaciones Vecinales, sus alcances y beneficios, y se regula su funcionamiento y gestión.Descargar
Ordenanza 5309/16HCDLa ordenanza 5309/16 autoriza a la Municipalidad de Ramallo a adherirse a la Ley 14.735 de la Provincia de Buenos Aires, que crea el Régimen de Boleto Especial Educativo Gratuito para los alumnos de diferentes niveles educativos. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a readecuar partidas para posibilitar la creación y puesta en funcionamiento del Boleto Estudiantil en el Partido de Ramallo. También se solicita a la Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires que asigne fondos para poner en funcionamiento el Régimen de Boleto Especial Educativo.Descargar
Ordenanza 5310/16HCDEl Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5310, que aprueba el Contrato de Utilización de Espacio Aéreo entre la Municipalidad de Ramallo y la empresa CABLEVISIÓN S.A., permitiendo la utilización del espacio público aéreo para la instalación de cable coaxil y fibra óptica, y estableciendo que las columnas instaladas pueden ser utilizadas por el municipio para el alumbrado público. El contrato fue celebrado el 13 de enero de 2016 y es convalidado en todos sus términos.Descargar
Ordenanza 5311/16HCDLa Ordenanza 5311 autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre la Municipalidad de Ramallo y la Asociación Civil Agrupación Ramallense Ayuda a los Animales para coordinar esfuerzos en la protección de animales domésticos, control de la población, tenencia responsable, atención y cuidado. El convenio establece obligaciones para ambas partes, incluyendo un aporte económico mensual de $6.500 para el programa de castración voluntaria y gratuita, y la participación activa en campañas de vacunación anual. El plazo del convenio es de dos años, contados a partir del 1 de enero de 2016, y puede ser renovado por otro período igual.Descargar
Ordenanza 5312/16HCDEl Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 5312, que incrementa en un 0,50% el valor de las unidades retributivas asignadas al personal municipal y del Hospital José María Gomendio por cada año de antigüedad en la Administración Pública, con efectos a partir del 1° de enero de 2016. La antigüedad se computa desde el 1° de enero de 1996 y no implica liquidación retroactiva.Descargar
Ordenanza 5313/16HCDEl Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la instalación de una imagen de la Virgen María Auxiliadora en el acceso a Villa Ramallo, y encarga al Departamento Ejecutivo Municipal realizar las gestiones necesarias para la iluminación de la imagen y solventar los gastos de instalación y mantenimiento. La iglesia católica de Villa Ramallo se hará cargo de la estructura sostén de la imagen y su montaje.Descargar
Mostrando 6901–6950 de 11629 documentosPágina 139 de 233