Mapa Documental
Toda la documentación publicada, ordenada por organismo, tipo y número. Filtrá por período y descargá el listado en PDF.
| Tipo y número | Resumen | Documento |
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| Ordenanza 7507/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un médico de guardia para el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. El profesional contratado, Dr. Olivar Viana Soares Filho, percibirá una retribución mensual de $580.000 por cada guardia de 24 horas. El contrato establece las condiciones y obligaciones para ambas partes, incluyendo la responsabilidad del profesional por los daños y perjuicios que pueda causar. | Descargar |
| Ordenanza 7508/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la médica Antonella Medina como médica de guardia en el servicio de Ginecología del Hospital Municipal José María Gomendio, a través de un contrato de locación de obra. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y la profesional recibirá una retribución mensual de $580.000 por cada guardia de 24 horas. El contrato establece las condiciones y obligaciones de la profesional, incluyendo la necesidad de cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7509/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7509/26, que autoriza la contratación de la Dra. Dana Díaz como médica en el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $580.000 por cada guardia de 24 horas. La profesional deberá cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7510/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7510/26, que autoriza la contratación de la Técnica en Radiología Mayra Salvatierra para trabajar en el Servicio de Rayos del Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $190.000 por cada guardia de 24 horas. La profesional deberá cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión y contratar un seguro de accidentes personales. | Descargar |
| Ordenanza 7511/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de Marcia Antonela Silgueyra como Técnica Superior en Radiología en el Servicio de Rayos de la Unidad Sanitaria de Pérez Millán, mediante un contrato de locación de obra que regirá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $760.000,00. La profesional deberá cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión y contratar un seguro de accidentes personales. | Descargar |
| Ordenanza 7512/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7512/26, que autoriza la contratación del Dr. Ignacio Gabriel Macris como Médico de Guardia en el Servicio de Ginecología del Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración desde el 1 de julio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $580.000 por cada guardia de 24 horas. El profesional deberá cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión, y el hospital podrá rescindir el contrato sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio. | Descargar |
| Ordenanza 7513/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7513/26, que autoriza la contratación de Maricruz Alejandrina Cejas como Trabajadora Social en el Hospital Municipal José María Gomendio. La contratación es por un período de seis meses, desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $880.000. La profesional deberá cumplir con las cargas que la legislación impone para el desempeño regular de su profesión y acreditar fehacientemente su cumplimiento. | Descargar |
| Ordenanza 7514/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la psicóloga Gloria Irene Brioso para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. La profesional percibirá una retribución de $180.000 por día de atención de consultorio, sujeta a aportes y deducciones de ley. El contrato establece las condiciones y obligaciones para ambas partes, incluyendo la responsabilidad de la profesional por los daños y perjuicios que pueda ocasionar. | Descargar |
| Ordenanza 7515/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un médico de guardia en el Servicio de Traumatología del Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. El profesional contratado, Arturo Emiliano Aragón, recibirá una retribución mensual de $580.000 por cada guardia de 24 horas. El contrato establece las condiciones y reglamentaciones para la relación laboral, incluyendo la obligación del profesional de cumplir con las cargas legales y de acreditar su cumplimiento. | Descargar |
| Ordenanza 7516/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7516/26, que autoriza la contratación de la Lic. en Psicopedagogía Marianela Arrieta para trabajar en la Unidad Sanitaria de Villa General Savio. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $880.000. La profesional deberá cumplir con las cargas que impone la legislación para el desempeño de su profesión y acreditar fehacientemente su cumplimiento. | Descargar |
| Ordenanza 7517/26HCD | La Ordenanza 7517/26 del Honorable Concejo Deliberante de Ramallo prohíbe las terapias de conversión o ECOSIEG, que buscan modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. La ordenanza garantiza los derechos humanos, la dignidad y la autonomía personal, y establece mecanismos de prevención, sensibilización y protección integral para las personas afectadas por estas prácticas. El Municipio de Ramallo no promoverá, auspiciará, financiará, facilitará ni permitirá la realización de estas prácticas en dependencias municipales o actividades organizadas por el Estado Municipal. | Descargar |
| Ordenanza 7518/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7518/26, que autoriza la suscripción de un contrato de locación de obra entre la Municipalidad de Ramallo y el profesor de educación física Gustavo Facundo Porta, para cumplir funciones dentro del marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio, para la puesta en marcha del Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y el profesional contratado deberá cumplir con las funciones y obligaciones establecidas en el contrato. | Descargar |
| Ordenanza 7519/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7519/26, que autoriza al Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio a suscribir un contrato de locación de obra con la Asociación de Anestesiología del Norte de la Provincia de Buenos Aires. El contrato establece las condiciones para la prestación de servicios anestesiológicos en el hospital, incluyendo el pago de unidades asistenciales y la responsabilidad civil de los profesionales. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. | Descargar |
| Ordenanza 7520/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7520/26, que refrenda el Protocolo Adicional al Convenio Marco de Colaboración y Cooperación entre la Municipalidad de Ramallo y la Universidad del Este, con el objetivo de impulsar y promover actividades de educación y capacitación para los vecinos de Ramallo, generando nuevas alternativas para un futuro laboral. | Descargar |
| Ordenanza 7521/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7521/26, que refrenda el Convenio Marco de Cooperación Mutua y Actividades Conjuntas entre la Universidad de la Marina Mercante y la Municipalidad de Ramallo, así como también el Convenio de Intercambio de Servicios Sociales y Cooperación y el Acuerdo Específico al mismo. El objetivo es impulsar el desarrollo de la cooperación cultural, educativa y comunitaria en la comunidad de Ramallo. | Descargar |
| Ordenanza 7522/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona una ordenanza que refrenda los anexos y protocolos adicionales al Convenio Marco de Cooperación celebrado con la Universidad FASTA, que establecen los términos de la colaboración y cooperación entre ambas partes, incluyendo el acceso a la educación universitaria para la comunidad y los costos asumidos por la Municipalidad de Ramallo. La ordenanza aprueba los listados de inscriptos por carrera, cantidad de alumnos inscriptos por carrera, valores de matrícula y aranceles mensuales por cada inscripto, y establece que el Departamento Ejecutivo debe ser informado de la misma. | Descargar |
| Ordenanza 7523/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7523/26, que desafecta del dominio público un tramo de calle Mitre entre M. Goenaga y Av. Dusso, para ser vendido a las empresas Cecilia Construcciones SA y Venta Mat SA, a cambio de la realización de obras de pavimentación, construcción de una rotonda y establecimiento de nuevos desagües. La venta se realiza como contraprestación de la empresa a efectuar las obras, y se establece una servidumbre administrativa de infraestructura sobre la traza del colector cloacal existente en el sector desafectado. | Descargar |
| Ordenanza 7524/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una bioquímica para el Hospital Municipal José María Gomendio. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra por un período de seis meses, con una retribución mensual de $580.000. La profesional deberá cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión y contratar un seguro de accidentes personales. | Descargar |
| Ordenanza 7525/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una Técnica Superior en Hemoterapia para el Servicio de Laboratorio del Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de seis meses, desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y la profesional recibirá una retribución mensual de $125.000 por cada guardia activa de 8 horas. El contrato se rige por las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo, y la profesional deberá cumplir con las cargas que la legislación impone para el desempeño regular de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7526/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7526/26, que autoriza al Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Municipal José María Gomendio a suscribir un Contrato de Locación de Obra con el Sr. Facundo Gómez para cumplir funciones como Coordinador en el Servicio de Cocina del hospital. El contrato tendrá vigencia desde el 1° de julio de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026 y establece una retribución mensual de $1.000.000. El profesional contratado deberá cumplir con las normas de seguridad, confidencialidad y operatividad del hospital y no tendrá derecho de preferencia para el ingreso a la Administración Municipal. | Descargar |
| Ordenanza 7527/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7527/26, declarando el 8 de agosto de cada año como Día del Pelotari Ramallense, en reconocimiento a Gabriel Sardina Martiren, creador de la Pelota a Paleta Argentina. La ordenanza busca promover la práctica de la disciplina, preservar la memoria colectiva y reafirmar el compromiso del Estado Municipal con la protección del patrimonio histórico, cultural y deportivo. Se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal la difusión anual del Día del Pelotari, la colocación de una placa recordatoria en el histórico frontón y la incorporación de la Copa Ciudad de Ramallo de Pelota a Paleta al calendario oficial de eventos de interés turístico, deportivo y cultural. | Descargar |
| Ordenanza 7528/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar la Licitación Pública N° 06/26, Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares – Bajo Los Olivos, a favor de la firma SERVIGALO SRL, según el Expediente N° 4092 – 29208/26. La decisión se basa en el artículo 155° del Decreto Ley N° 6769/58 y se comunica al Departamento Ejecutivo para su ejecución. | Descargar |
| Ordenanza 7529/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la enfermera Catherine Teresa Mabel Labin para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio, con un contrato de locación de obra que rige desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $85.000 por cada guardia de 8 horas. El contrato establece las condiciones y obligaciones de la profesional, incluyendo la necesidad de contratar un seguro de accidentes personales y cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7530/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7530/26, que autoriza la contratación de una Profesional - Profesora de Educación Inicial, María Lucia Pelemene, como Responsable del Emprendimiento UDI 'Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán'. El contrato tendrá una duración desde el 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución total de $3.295.000,00. La Ordenanza también establece las condiciones del contrato, incluyendo la modalidad de tareas, el plazo de duración, la remuneración y las obligaciones de las partes. | Descargar |
| Ordenanza 7531/26HCD | La Ordenanza 7531/26 autoriza la contratación de Malena Abendaño como responsable del emprendimiento UDI Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán, por un plazo desde el 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución total de $2.605.000,00. La contratación se realiza mediante un contrato de locación de obra, sujeto a las cláusulas y condiciones establecidas en el contrato. La Municipalidad de Ramallo se reserva el derecho de rescindir el contrato sin previo aviso en caso de incumplimiento o razones de servicio. | Descargar |
| Ordenanza 7532/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7532/26, que autoriza la contratación de una auxiliar en instituciones educativas para el Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra entre la Municipalidad de Ramallo y la Sra. Silvia Mabel Casimiro, por un plazo de cinco meses y con una retribución total de $1.830.000,00. El contrato establece las condiciones y obligaciones para ambas partes, incluyendo la realización de tareas como auxiliar de limpieza y la constitución de domicilio para notificaciones. | Descargar |
| Ordenanza 7533/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7533/26, que autoriza la contratación de una profesional acompañante terapéutico para desarrollar tareas como responsable de grupo del emprendimiento UDI 'Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán'. El contrato de locación de obra tendrá una duración desde el 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución total de $2.605.000,00. La profesional deberá cumplir con las cláusulas y condiciones establecidas en el contrato, incluyendo la contratación de un seguro de accidentes personales. | Descargar |
| Ordenanza 7534/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7534/26, que autoriza la contratación de Catalina Gasol como Operadora Social Comunitaria y Estudiante de Psicología Social para desarrollar tareas en el Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán. El contrato tendrá una duración desde el 1 de agosto de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una remuneración total de $2.605.000,00. La Ordenanza también establece las condiciones y obligaciones para la contratación, incluyendo la creación de un seguro de accidentes personales y la posibilidad de rescisión del contrato en caso de incumplimiento. | Descargar |
| Ordenanza 7535/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza 7535/26, que autoriza la contratación de una profesional para desarrollar tareas como Responsable de Grupo del Emprendimiento UDI 'Jardín Maternal Comunitario de Pérez Millán'. La contratación se realizará mediante un Contrato de Locación de Obra, con una retribución total de $2.605.000,00, pagaderos en tesorería de la Municipalidad. El plazo del contrato es desde el 1 de agosto de 2026 al 31 de diciembre de 2026. | Descargar |
| Ordenanza 7536/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la adquisición de un inmueble ubicado en la localidad de Pérez Millán, con una superficie de aproximadamente 5000 metros cuadrados, que cuenta con varias construcciones, incluyendo un galpón, una vivienda, un salón de usos múltiples y otro galpón secundario. El inmueble ha sido utilizado por el Municipio para resolver la carencia de infraestructura escolar en la localidad y se ha decidido adquirirlo para continuar con estas actividades y otras de carácter educativo, cultural, social y deportivo. La compra se realizará a la Asociación de Cooperativas Argentinas Cooperativa Limitada, por un monto total de $300.000, pagaderos en dos cuotas anuales. | Descargar |
| Ordenanza 7537/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la enfermera Marcela Lihuén Mareco para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias, con un contrato de locación de obra que rige desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $75.000. El contrato establece las condiciones y obligaciones de la profesional, incluyendo la necesidad de cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7538/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un enfermero para el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. El enfermero recibirá una retribución mensual de $75.000 y deberá cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7539/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la enfermera Mariana Celeste Rodríguez para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y la profesional percibirá una retribución mensual de $75.000. El contrato se rige por las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo, y la relación entre las partes se limita estrictamente a lo pactado. | Descargar |
| Ordenanza 7540/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un profesional como enfermero en el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias, mediante un Contrato de Locación de Obra. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $75.000. El profesional deberá cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión y el hospital podrá rescindir el contrato sin previo aviso en caso de incumplimiento. | Descargar |
| Ordenanza 7541/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la enfermera Ivana María Florencia Roldán para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y la profesional recibirá una retribución mensual de $75.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables. | Descargar |
| Ordenanza 7542/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una enfermera para el Hospital Municipal José María Gomendio. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra por un período de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. La enfermera, Virginia Leonor Romero, desarrollará tareas afines en el hospital y unidades sanitarias, conforme a las necesidades del servicio. La remuneración mensual será de $75.000, sujeto a deducciones de ley. | Descargar |
| Ordenanza 7543/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una enfermera para el Hospital Municipal José María Gomendio. La contratación se realizará mediante un contrato de locación de obra por un período de cuatro meses, con una retribución mensual de $75.000. La enfermera deberá cumplir con las tareas afines a su profesión y seguir las indicaciones específicas del hospital. El contrato podrá ser rescindido por incumplimiento o razones de servicio. | Descargar |
| Ordenanza 7544/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un enfermero para el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato es por locación de obra y tendrá una duración desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. El enfermero, Esteban Mauricio Vázquez, realizará tareas afines a su profesión en el hospital y unidades sanitarias, conforme a indicaciones específicas y necesidades del servicio. La retribución mensual será de $75.000,00, sujeto a deducciones de ley. | Descargar |
| Ordenanza 7545/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una enfermera para el Hospital Municipal José María Gomendio. La contratación se realizará a través de un contrato de locación de obra, con una retribución mensual de $75.000. La enfermera deberá cumplir con las tareas afines a su profesión y desarrollarlas en el hospital y unidades sanitarias. El contrato tendrá una duración desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. | Descargar |
| Ordenanza 7546/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una enfermera para el Hospital Municipal José María Gomendio, quien cumplirá funciones en el nosocomio y unidades sanitarias. El contrato tendrá una duración desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, con una retribución mensual de $75.000. La profesional deberá cumplir con las cargas legales para el desempeño de su profesión y contratar un seguro de accidentes personales. | Descargar |
| Ordenanza 7547/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de una enfermera para el Hospital Municipal José María Gomendio. La enfermera, Any Paula Da Silva, cumplirá funciones en el hospital y unidades sanitarias, con una retribución mensual de $75.000. El contrato tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. La profesional deberá cumplir con las cargas legales y reglamentarias para el desempeño de su profesión. | Descargar |
| Ordenanza 7548/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de la enfermera Soledad Patricia Albornoz para trabajar en el Hospital Municipal José María Gomendio y Unidades Sanitarias. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y la profesional recibirá una retribución mensual de $75.000. El contrato se rige por la Ley Orgánica de las Municipalidades y otras normas aplicables. | Descargar |
| Ordenanza 7549/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un médico traumatólogo para el Servicio de Emergencia del Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y el profesional recibirá una retribución mensual de $520.000 por cada guardia de 24 horas. El contrato establece las condiciones y obligaciones para ambas partes, incluyendo la responsabilidad del profesional por los daños y perjuicios que pueda causar. | Descargar |
| Ordenanza 7550/26HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo autoriza la contratación de un médico auditor para el Hospital Municipal José María Gomendio. El contrato tendrá una duración de cuatro meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, y el profesional recibirá una retribución mensual de $1.000.000. El contrato establece las condiciones y obligaciones para el desempeño de las tareas, incluyendo la optimización del recupero de facturaciones por servicios prestados a obras sociales. | Descargar |
| ORDENANZA PREPARATORIA FISCA E IMOSITIVAHCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo sanciona la Ordenanza Preparatoria Fiscal e Impositiva para el ejercicio 2023, que servirá como anteproyecto para ser tratado en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes. El texto ordenado del proyecto fue analizado y aprobado según la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. La ordenanza se comunica al Departamento Ejecutivo para sus efectos. | Descargar |
| Resolución 106/18HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo solicita a la Dirección de Adultos de la Dirección General de Cultura y Educación que permita la inscripción de alumnos en los Centros Educativos de nivel Secundario con modalidad semipresencial o virtual a distancia, debido a la alta demanda de inscripción en la localidad de Pérez Millán y Ramallo, especialmente en momentos de pandemia. El Concejo Deliberante considera que es fundamental brindar herramientas adecuadas y flexibles para que los jóvenes y adultos puedan iniciar o retomar sus estudios secundarios. | Descargar |
| Resolución 546/07HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo presta acuerdo a la designación del Dr. Juan Manuel María Despósito como Director Interino del Hospital Municipal José María Gomendio, ratificando el Decreto 546/07 del Departamento Ejecutivo Municipal. La designación es para el período del 24 de agosto al 2 de setiembre de 2007. El Concejo Deliberante ejerce sus atribuciones de acuerdo con la Ley Orgánica de las Municipalidades. | Descargar |
| Resolución 765/02HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo resuelve solicitar información a la Dirección Provincial de Transporte sobre el servicio de transporte público automotor en la zona de Pérez Millán, debido a la falta de servicio y la necesidad de restablecerlo. Se busca conocer la empresa adjudicataria, los motivos de la interrupción y las medidas tomadas para cumplir con el servicio. El Concejo Deliberante también comunica la resolución al Departamento Ejecutivo. | Descargar |
| Resolución 766/02HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo expresa su agradecimiento a la Obra Social OSPRERA por brindar alojamiento gratuito a familiares de un vecino que debía someterse a exámenes oncológicos en La Plata, destacando la solidaridad y generosidad de esta acción en un contexto de individualismo. Se resuelve agradecer formalmente a los integrantes de la Obra Social y remitir copia de la resolución a la entidad y al Departamento Ejecutivo. | Descargar |
| Resolución 767/02HCD | El Honorable Concejo Deliberante de Ramallo emite una resolución para expresar sus salutaciones a la Federación Agraria Argentina - Filial Villa Ramallo en conmemoración de sus 50 años de fundación, destacando su labor invaluable y su tarea social. Se dispone el envío de copias de la resolución a la federación y a los medios de comunicación local, y se comunica al Departamento Ejecutivo. | Descargar |